El pensamiento de ciclo de vida implica que cada uno tiene responsabilidad y un rol que jugar a través de toda la cadena de ciclo de vida de un producto, de la cuna a la tumba, tomando en cuenta todos los efectos externos relevantes.
Desde la extracción de la materia prima, refinería, manufactura, uso o consumo hasta su re-uso, reciclo o disposición, los individuos deben conocer los impactos que sus productos tienen en el medioambiente y tratar de reducirlos lo más posible.
Los impactos de todas las etapas del ciclo de vida se deben considerar al momento de tomar decisiones sobre los patrones de producción y consumo, políticas y estrategias de gestión.”(Society of Environmental Toxicology and Chemistry).
Un enfoque de ciclo de vida permite reconocer la manera en que nuestras decisiones influyen en cada etapa del proceso y así sopesar las ventajas y desventajas, contribuyendo a la economía, al ambiente y la sociedad. El tener un enfoque de ciclo de vida nos permite:
La ley peruana considera el concepto de ciclo de vida como fundamento para el manejo integral de los impactos ambientales de las actividades productivas y servicios. La Ley General del Ambiente (Octubre, 2005) menciona:
Artículo 75°.‐ Del manejo integral y prevención en la fuente
75.1 El titular de operaciones debe adoptar prioritariamente medidas de prevención del riesgo y daño ambiental en la fuente generadora de los mismos, así como las demás medidas de conservación y protección ambiental que corresponda en cada una de las etapas de sus operaciones, bajo el concepto de ciclo de vida de los bienes que produzca o los servicios que provea, de conformidad con los principios establecidos en el Título Preliminar de la presente Ley y las demás normas legales vigentes.