Perú: Derecho a propiedad de pueblos indígenas
Los peticionarios denunciaron que su identidad jurídica e integridad territorial se ven vulneradas por su clasificación como “comunidades indígenas o campesinas”, y no como “pueblos originarios o indígenas”, clasificación que sí se correspondería con su dimensión integral como grupo etnolingüístico. Los peticionarios denunciaron que dicha clasificación permite que el reconocimiento de sus territorios se corresponda y limite sólo a sus asentamientos habitacionales y sus espacios de cultivo y ganadería, dejando por fuera los bosques y fuentes hídricas que han poseído y de las cuales han dependido ancestralmente.
Dirección : CIDH
País : Perú
Duración : 01:03:55
Tema : Pluralismo juridico